jueves, 29 de septiembre de 2016

X PLENO JURISDICCIONAL PENAL SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO


Los jueces que integran las Salas Penales Permanente y Transitoria de la Corte Suprema realizaron este 28 de setiembre, la audiencia pública del X Pleno Jurisdiccional Penal en Materia Penal, en la cual se escuchó a actores sociales sobre diferentes temas de índole penal, entre ellos la violencia de género.

Así, en el rubro «Los delitos de violencia de género y de miembros del entorno familiar», el abogado Branko Yvancovich Vásquez disertó sobre si es posible que en el feminicidio el autor del delito pueda ser del mismo género de la víctima, es decir, una mujer. Para el ponente, de acuerdo con jurispudencia española, una mujer sí podría ser agente del delito de feminicidio.

El fiscal provincial de Madre de Dios, Jesús Viza Ccalla, abordó si puede o no ser aplicable el “Acuerdo reparatorio” en el delito de lesiones leves, teniendo en cuenta que la víctima ha sido lesionada por su condición de mujer; esto en el marco de la modificatoria del art. 122 del Código Penal por la Ley 30364. La tesis defendida por el expositor era contraria a la posibilidad aplicar dicho acuerdo, pues era contraria al espíritu de las normas sobre violencia de género.

Asimismo, se desarrollaron las ponencias «Daño psicológico de faltas y delitos: tipicidad o atipicidad. ¿Cuándo se eleva una falta a delito?» y «Determinación de penas atenuadas sin consideración de género», a cargo de los doctores Cristian Carlos Becerra, juez de Paz Letrado de Piura, y Cynthya Silva Ticllacuri, abogada de Demus. El su ponencia, el primero de los nombrados se mostró a favor de incorporar el daño psicológico como elemento valorativo en el delito de lesiones graves, asimismo, indicó que la afectación emocional debería ser un elemento de gravedad para el caso que configure una falta. La abogada Silva Ticllacuri sustentó su exposición en que no debería aplicarse de manera genérica penas atenuadas en casos de violencia de género, sino que debería analizarse el caso concreto, aunque con un criterio restrictivo, ello por las obligaciones internacionales del Estado.

Asimismo fueron «La responsabilidad del extraneus en el delito especial: punibilidad o no punibilidad», tratado por el fiscal superior adjunto, Alcides Chinchay Castillo, y el profesor universitario José Reaño Pescheira y «La responsabilidad restringida. La aplicación en la confesión sincera» estuvo a cargo de los profesores universitarios Carlos Jiménez Herrera y José Caro John.

El coordinador del X Pleno Jurisdiccional Penal, Josué Pariona Pastrana, precisó que, realizada la audiencia pública, los ponentes deberán enviar los informes escritos de sus propuestas, a fin de que estas sean debatidas por los jueces supremos. Posteriormente, las conclusiones serán dadas a conocer a través del diario oficial El Peruano.

El Pleno lo integran los magistrados de las Salas Penales Permanente y Transitoria Javier Villa Stein, César San Martín Castro, Víctor Prado Saldarriaga, Duberlí Rodríguez Tineo, Josué Pariona Pastrana, Jorge Luis Salas Arenas, César Hinostroza Pariachi, Elvia Barrios Alvarado, José Neyra Flores y Hugo Príncipe Trujillo. Legis.pe

viernes, 9 de septiembre de 2016

CARGA PROCESAL DEL MINISTERIO PÚBLICO SUPERA EL MILLÓN 55,000 CASOS


Ante esta situación que podría afectar la eficacia de las investigaciones, el Fiscal de la Nación, Pablo Sánchez Velarde, demandó una partida presupuestal para poder contar con 440 fiscales más, tanto en los niveles provinciales, provisionales y auxiliares.

En la exposición ante el referido grupo legislativo, que preside Salvador Heresi, justificó también la aprobación de un proyecto de ley para que el plazo de la investigación de los delitos de flagrancia se extienda de 24 horas a siete días.

En este contexto, reveló asimismo que el país carece de un banco de huellas dactilares; por lo que pidió la creación de un registro nacional de perfiles genéticos y dactilares.

Otro tema urgente para esta entidad sería la infraestructura, pues se informó que el Ministerio Público destina más de 24 millones de soles para el pago de alquileres de sus locales institucionales.

Sánchez Velarde propuso igualmente la contratación de 328 médicos legistas, para evitar una crisis de los servicios de medicina legal.

Al respecto, detalló que un médico legista percibe entre 3,600 y 3,800 soles al mes. Mientras que los pocos peritos apenas ganan 4,000 soles en provincias, y 5,000 en Lima.

En este sentido, la autoridad reiteró la necesidad de contar con peritos especializados y fiscales en todas las comisarías con el fin de garantizar una intervención inmediata junto con la Policía Nacional.

Al respecto, resaltó los logros que viene obteniendo el programa ‘Una fiscalía en tu distrito’, que permite el traslado de estas funciones a las comunas de Miraflores y San Isidro, y próximamente lo harán a las jurisdicciones de Magdalena, San Borja y Surco.

En efecto, la creación de estas fiscalías en la capital da exitosos resultados, no solo en casos de flagrancia delictiva, sino también en la investigación de casos de delitos comunes presentados por los ciudadanos de esas jurisdicciones. Por ello, se efectúo un llamado al Poder Judicial para que se sume a esa iniciativa, mediante la creación de juzgados que trabajen a la par de las fiscalías en los distritos donde se implementa la iniciativa.

Sánchez Velarde se refirió también a las medidas que adopta el Ministerio Público en la lucha contra el accionar delictivo. Entre otros, el aplicativo para dispositivos móviles que permitirá que los ciudadanos puedan interponer denuncias desde sus celulares o tabletas. Asimismo, en la implementación de la recientemente creada Oficina de Análisis Estratégico del Delito, que posibilitará contar con información útil sobre el movimiento del accionar delictivo en nuestro país.

Respecto a los últimos casos de maltratos y asesinatos de mujeres, dijo que se impartieron instrucciones para actuar con la mayor probidad y celeridad. “Pido la mayor celeridad de los fiscales que investigan ambos casos y no permitiremos que ningún funcionario de la institución maltrate a niños y mujeres”.

Propuestas por debatir

Como parte de la agenda de trabajo de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República figura también el debate del proyecto de ley que promueve la autonomía de los procuradores públicos, así como la evaluación de las propuestas legislativas orientadas a facultar a los notarios a celebrar matrimonios civiles, y a regular la administración inmobiliaria.

Agenda

La penalización de la práctica colusoria en perjuicio de los usuarios y consumidores, a partir de una propuesta legislativa remitida a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Parlamento, también es un tema materia de debate en este grupo legislativo.


También diversos cambios al Código Penal planteados en diferentes proyectos ante ese grupo.
Fuente//El Peruano 

EMBARAZO DE UNA CADETE NO DEBE IMPEDIR CONTINUAR CON SU FORMACIÓN EN LAS FUERZAS ARMADAS


El Tribunal Constitucional (TC) resolvió por mayoría declarar fundada la demanda contenida en el expediente 1423-2013-AA, luego de constatar que en el caso de Andrea Celeste Álvarez Villanueva se configuró una situación de discriminación directa basada en el sexo, al haber sido dada de baja como cadete de la Fuerza Aérea del Perú (FAP), por encontrarse en estado de gestación.

La sentencia declara inaplicables, por inconstitucionales, los artículos 42 inciso c y 49 inciso f del Decreto Supremo Nº 001-2010-DE/SG, disponiendo que la recurrente sea repuesta a la Escuela de Oficiales de la FAP. Asimismo, que todos los jueces que tengan en trámite demandas donde el acto cuestionado se encuentre fundamentado en las disposiciones legales referidas, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 138 de la Constitución, ejerzan control difuso observando las interpretaciones realizadas por este Tribunal en el presente caso, bajo responsabilidad.

Sostiene además, que la protección de la mujer no se limita a su condición biológica durante el embarazo y después de este, sino que  también se extiende a los distintos tipos de relaciones que se pueden entablar en una sociedad educativa, laboral, entre otras.

Por ello, el Supremo órgano intérprete de la Constitución, determinó que la prohibición de acceso a la educación o la expulsión de una estudiante por razón de su embarazo constituye una discriminación directa basada en el sexo, como también lo puede ser, por ejemplo, la negativa a contratar a una mujer embarazada, o cuando una trabajadora percibe una remuneración inferior a la de un trabajador por una misma labor.

La decisión en mayoría, de los magistrados Miranda Canales, Ledesma Narváez, Urviola Hani, Blume Fortini, Ramos Núñez y Espinosa-Saldaña Barrera, indica que estas son manifestaciones de discriminación directa porque excluyen la posibilidad de justificar, objetivamente, la razonabilidad y proporcionalidad de la medida.

El voto singular del magistrado Sardón sostiene que la recurrente solicitó voluntariamente su baja, pero luego alega haber sido objeto de coacción. Por tanto, tal situación debe ser verificada en la vía judicial ordinaria, ya que requiere de una actividad probatoria compleja que no es posible realizar en el proceso de amparo.
FUENTE (TRIBUNAL CONSTITUCIONAL)